·
- ¿ Para qué sirve? Para que sea conocida por las personas interesadas, y a partir de este momento la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.
- ¿Dónde? En el Registro Mercantil provincial en que se encuentre domiciliada la sociedad.
Las sociedades cooperativas en el Registro de Sociedades Cooperativas de la Comunidad Autónoma o del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
- ¿ Cuándo? Un mes después de la escritura pública ante notario, en el caso de que sea una sociedad cooperativa, sería de dos meses.
- ¿ Qué necesito?
o
Escritura pública de constitución de la
sociedad.
o
Fotocopia del NIF.
o
Liquidación de impuesto de transmisiones
patrimoniales.
o
Sociedades laborales.
Fuentes:
http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/contenidos/informacion/informa_registro_mer/es_def/index.shtml- Libro de texto Gestión de la documentación Jurídica y Empresarial MC GRAW HILL .
- Enlace a los Registros Mercantiles de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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